ORIENTACIONES PARA LAS ETC SOBRE LA ETAPA DE RECLAMACIONES FRENTE A LOS RESULTADOS Y RESPUESTA A LAS MISMAS

En cumplimiento a la garantía contenida en el artículo segundo de la Resolución 025624 de fecha 29 de diciembre de 2023, se emiten las presentes orientaciones a las entidades territoriales certificadas en educación:

  1. ETAPA DE PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

Habiéndose surtido tanto, el reporte de información por parte de las ETC de la información de instrumentos de experiencias, movimientos en el escalafón y zona de desempeño, como, la aplicación de la prueba, se llevó a cabo el proceso de calificación de cada uno de los instrumentos que hace parte de la evaluación para ascenso de grado o reubicación salarial, por ello, es importante brindar las siguientes orientaciones a las ETC respecto del desarrollo de las etapas que ahora corresponden, veamos:

  1. 1. ¿En qué fecha se publican los resultados de la evaluación para ascenso de grado o reubicación de nivel salarial?

Respuesta: Conforme a lo dispuesto en el cronograma de la Resolución 5829 de 2024, los resultados se publicarán el día 17 de septiembre de 2024.

  1. 2. ¿En qué lugar se van a publicar los resultados de la evaluación para ascenso de grado o reubicación de nivel salarial?

Respuesta: El resultado de la evaluación para ascenso de grado o reubicación de nivel salarial se publicará en “MI CUENTA” de cada uno de los docentes, dentro de la plataforma del proceso.

  1. ETAPA DE RECLAMACIONES FRENTE A LOS RESULTADOS

Una vez realizada la publicación de resultados, es necesario tener en cuenta lo siguiente:

  1. 1. ¿Cuál es el término que tienen los docentes para presentar reclamaciones frente a los resultados de la evaluación para ascenso de grado o reubicación de nivel salarial?

Respuesta: El término con que cuentan los docentes para presentar reclamaciones frente a los resultados, es el comprendido desde el 18 de septiembre hasta el 24 de septiembre de 2024.

  1. 2. ¿A través de que medio los docentes pueden presentar las reclamaciones frente a los resultados de la evaluación para ascenso de grado o reubicación de nivel salarial?

Respuesta: Las reclamaciones frente a los resultados de la evaluación para ascenso de grado o reubicación de nivel salarial, deberán ser interpuestas por el docente ÚNICAMENTE a través del módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única).

  1. 3. ¿Se puede reclamar frente a todos los resultados de los instrumentos que componen la evaluación para ascenso de grado o reubicación de nivel salarial?

Respuesta: Si. Los docentes pueden presentar reclamación frente a los resultados de uno o de todos los instrumentos, por ello, en el módulo de reclamaciones de la plataforma dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/, se tiene dispuesto un submódulo para cada uno de los instrumentos, que permitirá al docente redactar su reclamación frente a su resultado y adjuntar los soportes pertinentes.

  1. 4. ¿Cuál es la consecuencia para el caso de aquellos docentes que NO PRESENTEN RECLAMACIÓN en el módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única), dentro de los términos previstos?

Respuesta: En principio, debe tenerse en cuenta que el medio definido para presentar reclamaciones a los resultados es a través del módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única).

Si un docente no presenta reclamación frente a sus resultados a través del módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única)., se dará aplicación a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 14 de la resolución

025624 de 2023, esto es “El resultado de los educadores que no presenten reclamaciones sobre su evaluación quedará en firme desde el día siguiente al vencimiento del término para interponer reclamaciones”.

Es decir, la validez de la reclamación que presenten los docentes frente a sus resultados está sujeta a dos condiciones necesarias, a saber:

  1. a) Debe ser presentada UNICAMENTE a través del módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.oco/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única).
  2. b) Debe ser presentada UNICAMENTE entre el periodo comprendido entre el 18 de septiembre hasta el 24 de septiembre de 2024.

Necesariamente deben cumplirse estas dos condiciones. Si no se cumple alguna de las condiciones, o si ninguna de ellas se cumple, la consecuencia es que se tendrá para todos los efectos que el docente NO PRESENTÓ RECLAMACIÓN, y su resultado quedará en firme a partir del día siguiente del vencimiento del término para presentar reclamaciones, es decir el 25 de septiembre de 2024, lo cual hace que dicho resultado sea inmodificable.

Es importante mencionar que en términos del parágrafo del artículo 15 de la resolución 025624 de 2023 “Las reclamaciones que se interpongan por fuera del término dispuesto para esto o presentadas por un medio diferente al habilitado, no serán atendidas”.

Para todos aquellos docentes que NO PRESENTEN reclamación frente a sus resultados en el módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única)., dentro del periodo comprendido entre el 18 de septiembre hasta el 24 de septiembre de 2024, se les publicarán sus resultados en firme el día 26 de septiembre de 2024, los cuales se insiste ya no serían objeto de modificación alguna.

  1. 5. ¿Cuál es la consecuencia para el caso de aquellos docentes que NO PRESENTEN RECLAMACIÓN en el módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única), ¿dentro de los términos previstos?

Respuesta: Para el caso de todos aquellos docentes que PRESENTEN reclamación frente a sus resultados en el módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única), dentro del periodo comprendido entre el 18 de septiembre hasta el 24 de septiembre de 2024, dichas reclamaciones serán tramitadas por Universidad de Antioquia (las que versen sobre la prueba) y por las ETC (las que sean sobre Instrumentos de evaluación, movimientos en el escalafón y zona de desempeño) cuyo término para resolver es desde el 25 de septiembre hasta el 8 de noviembre de 2024.

Si la reclamación se resuelve de manera positiva el puntaje será recalculado y esos resultados son los que se publicarán ya en firme el 13 de noviembre de 2024.

  1. REPARTO DE LAS RECLAMACIONES PRESENTADAS POR LOS DOCENTES FRENTE A LOS RESULTADOS.

Teniendo en cuenta que el medio dispuesto para que los docentes presenten sus reclamaciones frente a los resultados es a través de del módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única), el procedimiento será el siguiente:

  1. 1. ¿Cuáles reclamaciones son de competencia de las ETC y cuales son de competencia de la Universidad de Antioquia?

Respuesta: Teniendo en cuenta que la Universidad de Antioquia fue quien diseñó, aplicó y calificó la prueba (pedagógica y autoevaluación), todas las reclamaciones que presenten los docentes, frente a este instrumento, son de competencia de la Universidad de Antioquia, y será esta institución la encargada de dar respuesta a las mismas.

Por otra parte, y considerando que la ETC fue quien reportó la información de instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño, todas las reclamaciones que presenten los docentes, frente a estos instrumentos, son de competencia de la ETC, entidad que deberá, dar respuesta a las mismas y además, digitar en el módulo de la plataforma las correcciones que surjan en virtud de la respuesta positiva que se le dé a las reclamaciones.

  1. 2. ¿De qué manera la ETC tiene acceso a las reclamaciones presentadas por los docentes frente a los resultados de los instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño?

Respuesta. Vencido el término para presentar reclamaciones, la Universidad de Antioquia clasificará las reclamaciones presentadas por los docentes en el módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única)., y todas las reclamaciones que presenten los docentes frente a los instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño, los direccionará a la ETC a través del correo suministrado por la entidad para esta etapa. Una vez direccionadas, la ETC podrá acceder al correo suministrado, y descargar, tanto la reclamación como los soportes allegados por el docente.

  1. RESPUESTA A RECLAMACIONES

Vencido el término para interponer reclamaciones, las ETC deben tener en cuenta lo siguiente:

  1. 1. ¿Cuál es el término con que cuenta la Universidad y la ETC para resolver las reclamaciones frente a los resultados de la prueba, instrumentos de experiencia, zonas de desempeño, y movimientos de escalafón?

Respuesta: La ETC cuenta con un término para resolver las reclamaciones frente a los resultados de la prueba, instrumentos de experiencia, zonas de desempeño, y movimientos de escalafón, que va desde el 25 de septiembre hasta el 8 de noviembre de 2024.

  1. 2. ¿Cuál es el procedimiento que debe adelantar la ETC para dar respuesta a los docentes que presentaron reclamación y para reportar las correcciones que surjan a partir de las reclamaciones que se resuelvan en favor del docente?

Respuesta: Como se mencionó en líneas anteriores, las reclamaciones frente a los resultados se deben presentar ÚNICAMENTE por parte de los docentes, en el módulo de reclamaciones dispuesto en la Plataforma del proceso dispuesta en: https://poderevaluar.org.co/#/ o a través de medio físico en la siguiente dirección de correspondencia: Calle 70 No. 52 – 21, Medellín, Antioquia (Ventanilla Única).

La universidad de Antioquia remitirá a la ETC – a través del correo suministrado por la entidad para esta etapa- todas las reclamaciones que presenten los docentes frente a los instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño.

La respuesta debe estar debidamente firmada por el funcionario competente, y debe ser cargada en PDF a través del módulo de la plataforma del proceso.

Cuando la respuesta a la reclamación sea favorable en la parte final de la respuesta se debe agregar el siguiente párrafo “Las correcciones de información aquí concedidas serán reportadas para que en la plataforma del proceso se realicen los ajustes a la información y a los resultados

En aquellos casos en que la respuesta a la reclamación sea favorable al docente, la entidad debe registrar los cambios correspondientes a la información de instrumentos de experiencia, movimientos en el escalafón y zona de desempeño, en los módulos de la plataforma.

  1. PUBLICACIÓN DE RESULTADOS DE LOS DOCENTES QUE INTERPUSIERON RECLAMACIONES.

Habiéndose vencido el término concedido para que la Universidad de Antioquia y las ETC resolvieran las reclamaciones, sigue lo siguiente:

El día 13 de noviembre de 2024, se publicará el listado definitivo de aspirantes que superaron o no superaron la evaluación luego de la respuesta de sus reclamaciones.